• 73-A-18
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Número de referencia de la resolución: 73-A-18
Tesauro: Prohibición de actividad privada
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2020-11-23
Fundamento: Consecuentemente, se han desvanecido los elementos planteados en el aviso referentes a que la señora ****** incumpliría con su horario de trabajo, como fue indicado por un informante anónimo. De manera que se han desvirtuado los indicios advertidos inicialmente de la posible contravención a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el art. 6 letra e) de la LEG. En razón de lo anterior, y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento, como ha sido resuelto por este Tribunal en casos similares (v. gr. Resolución del 14-X-2020, pronunciada en el expediente con referencia 117-A-19).
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2022-06-06 17:31:53
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  • 2021-02-12 05:46:18
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