Número de referencia de la resolución: | 10-D-21 |
Tesauro: | Proselitismo político |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2022-05-13 |
Fundamento: | El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor ****, Ministro de Hacienda, a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra l) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto el día diez de enero de dos mil veintiuno, habría asistido en calidad de Ministro de Hacienda a un mitin del partido político Nuevas Ideas realizado en el departamento de La Unión; y en el cual habría solicitado a los asistentes el apoyo para votar en las elecciones que se realizaron el día veintiocho de febrero del año dos mil veintiuno, a favor del organismo político en comento, específicamente por el candidato a diputado por el departamento de La Unión para la Asamblea Legislativa, señor *****, y la candidata a Alcaldesa Municipal de El Carmen de ese mismo departamento, señora *****. (…) De hecho, como ya se dijo, la Sala de lo Constitucional ha sostenido que la expresión "prevalerse del cargo" determinada por la Constitución, en la actividad político-partidista - prohibida en el art. 2 18 Cn.- comprende cualquier manifestación del ejercicio de los derechos fundamentales de participación política - y otros coadyuvantes- de los servidores públicos, que ponga en entredicho la neutralidad política e imparcialidad de éstos, aclarando el citado tribunal que "Fuera de este supuesto prohibido por la Constitución, los funcionarios y empicados públicos son libres para ejercer sus derechos políticos" (Sentencia del 28-11 -201-1, inconstitucionalidad referencia 8-2014); criterio sostenido por este Tribunal en resolución pronunciada el 25-VI-2021 en el procedimiento 73-D-20). |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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