• 21-D-22
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Número de referencia de la resolución: 21-D-22
Tesauro: Inadmisibilidad
Decisión: Inadmisible
Fecha de resolución: 2022-08-12
Fundamento: (…) Se requirió a la señora que indicara de manera clara y precisa la fecha o época en que habrían ocurrido los hechos que se denuncian, especificando los que se le atribuyen concretamente al señor **** en calidad de Director del Complejo Educativo José Simeón Cañas de Zacatecoluca, departamento de La Paz; los nombres del docente interino contratado y de la persona que formaba parte del Consejo Directivo Escolar de la referida entidad educativa, que lo habría contratado; el vínculo de parentesco existente entre ellos; y si la persona con la que posee dicho vínculo tuvo participación o intervención en la contratación; y, las circunstancias específicas a las que se hace referencia cuando se alude a "vulneración de horarios laborales", detallando los nombres y cargos de las personas a las que se les atribuye dicha conducta; y la fecha o época de dichos hechos.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 21-D-22_Censurado.pdf
  • 143.87 KiB, application/pdf
  • 2022-10-03 14:29:50

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